lunes 2 de noviembre de 2009

El Personero municipal, una obra de investigación



Un grupo de abogados colombianos realizó una investigación sobre los orígenes de las personerías municipales. Los profesionales comprometidos en esa investigación son: Álvaro Aguilar Ángel, Beatriz Elena Arango Castaño y Leonel Quintero González.

Los autores del libro “El Personero Municipal” cuentan con una amplia experiencia en diferentes ramas del derecho y el desempeño de diversos cargos en los sectores público y privado.

El abogado Álvaro Aguilar por ejemplo, para llevar una idea de la idoneidad de los autores, es especialista en derecho financiero, comercial y tributario. Es catedrático de las Universidades Central, La Gran Colombia, del Valle, Cooperativa de Colombia y la Universidad Libre en la sede principal de Bogotá y Pereira.

El libro “El Personero Municipal”, analiza detalladamente el origen de las personerías municipales y dentro de las investigaciones se asegura que son dependencias surgidas dentro de la organización de la humanidad en categoría de Estado.

Sostiene que en la Roma imperialista se conocieron varias instituciones con rasgos propios de las personerías, para defensa de la ciudadanía, especialmente a la más desprotegida.

Los interesados en conocer otros detalles pueden escribir al correo: alfuturo2007@gmail.com
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miércoles 12 de noviembre de 2008

LEY 136 DE 1994. Los municipios colombianos

(junio 2)
por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
I. PRINCIPIOS GENERALES SOBRE LA ORGANIZACION Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS

ARTICULO 1º. DEFINICION: El municipio es la entidad territorial fundamental de la división político administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de los límites que le señalen la Constitución y la ley y cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio.
ARTICULO 2º. REGIMEN DE LOS MUNICIPIOS: El régimen municipal estará definido por lo dispuesto en la Constitución Política, por lo establecido en la ley y por las siguientes disposiciones:
a) En materia de la distribución de competencias con la Nación y las entidades territoriales, y los regímenes de planeación y presupuestal, por las correspondientes leyes orgánicas, de conformidad por lo dispuesto en los artículos 288, 342 y 352 de la Constitución Política;
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jueves 6 de noviembre de 2008

En Colombia se realizaron elecciones simbólicas a favor de Barack Obama, para demostrar la simpatía por el cambio



Autorneto > Referencia > Noticias Mundiales > Política
Nota- Por ser una información especial para el mundo, insertamos esta noticia aquí. El editor

por , Nov 6, 2008

Nunca en la historia de las elecciones norteamericanas había surgido un entusiasmo ciudadano, en Colombia, hasta el punto de que en algunos municipios se instalaron puestos de votación para simbolizar el afecto del candidato Obama.

Los colombianos vivieron una de las etapas de la historia política mundial de mayor regocijo, al conocer el resultado de la elección del nuevo presidente de los Estados Unidos, el señor Barack Obama.
El entusiasmo ciudadano de miles y miles de mujeres y hombres de Colombia llevó a la realización de simbólicas elecciones en distintos municipios que sentían vivamente el afecto por el candidato
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martes 23 de septiembre de 2008

Declaración Universal de los Derechos Humanos



De Wikipedia, la enciclopedia libre
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Para el concepto de derechos fundamentales a todo ser humano, véase Derechos humanos.

Eleanor Roosevelt sosteniendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos en españolLa Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es una declaración adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 en París, que recoge los derechos humanos considerados básicos.

La unión de esta declaración y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos comprende lo que se ha denominado una Carta Internacional de los Derechos Humanos. LEER MAS AQUI >

DERECHOS HUMANOS BÁSICOS

(Adaptación de Jakubowski y Lange)

El derecho a mantener tu dignidad personal comportándote de forma asertiva (aunque la otra persona se sienta injustificadamente herida) mientras no violes los derechos humanos básicos de los demás.

El derecho a tener derechos y defenderlos, siendo tratado con respeto y dignidad.

El derecho a rechazar peticiones sin tener que sentirse culpable o egoísta.

El derecho a experimentar y expresar los propios sentimientos.

El derecho a detenerse y pensar antes de actuar y cambiar de opinión cuando se crea justo.

El derecho a pedir que se quiere (dándose cuenta de que la otra persona tiene el derecho a decir que no).

El derecho a hacer menos de lo que humanamente se es capaz de hacer.

El derecho a ser independiente y tener opiniones y expresarlas.

El derecho a tener el cuerpo, y la salud y los anos que se tienen, y a utilizar el tiempo y propiedades como se juzgue oportuno.

El derecho a cometer errores, ser responsable de ellos y a decidir dejar de cometerlos.

El derecho a sentirse a gusto consigo mismo.

El derecho a tener necesidades propias y que esas necesidades sean tan importantes como las necesidades de los demás. Además, tenemos el derecho de pedir (no exigir) a los demás que respondan a nuestras necesidades y de decidir si satisfacemos las necesidades de los demás.

El derecho a ser escuchado y a ser tomado en serio.

El derecho a decidir si satisfacemos las expectativas de otras personas o si nos comportamos siguiendo sus intereses (siempre que no se violen los derechos de los demás).

El derecho a hablar sobre el problema con la persona involucrada y aclararlo, en casos límite en que los derechos están del todo claros.

El derecho a pedir información y a obtener aquello por lo que se paga.

El derecho a estar solo cuando así se escoge.

El derecho a hacer cualquier cosa mientras que no se violen los derechos de alguna otra persona. Volver a Digiradiocom >
Informe sobre corrupción, tema de Transparencia Internacional

Clic en play y escuche >

Ingrid Betancourt anunció creación de fundación por los DDHH >

Conclusiones del encuentro regional de personeros

Floridablanca, Colombia
Enrique Miranda Cruz, personero (Clic en Play y escuche)

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Los personeros de Colombia con sitio virtual

En la gráfica el personero de Floridablanca y presidente de la organización de personeros de Colombia, abogado Enrique Miranda Cruz

Colombia
Esta sección fue creada para el servicio de los personeros de Colombia, gracias a la propuesta hecha por el presidente de la Asociación Nacional de personeros, abogado Enrique Miranda Cruz, en desarrollo del encuentro regional realizado en el Club Campestre de Floridablanca, Santander.

La idea del representante del Ministerio público y personero de Floridablanca, es intercomunicar a los titulares de estas dependencias, a través de un medio virtual, para aprovechar la tecnología. En este orden el suscrito Editor de Enmibersoa.com, elogia la propuesta y pone en marcha esta sección que estará a disposición de los Personeros, para que a través de la misma se realicen actividades académicas.

Esta sección “El personero colombiano” quiere ser el enlace de las inquietudes de los funcionarios del ministerio público e igualmente está abierta a escuchar las inquietudes de todos los profesionales que quieran exponer su pensamiento en favor de la comunidad, el país y la opinión Internacional.
El presidente de la Asociación de personeros, doctor Enrique Miranda Cruz, hará a través de este medio las exposiciones en relación con la marcha de la organización. Bienvenidos todos. Volver a Inicio >